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Elegibilidad

 

Las familias solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos

  • Proceso de solicitud completo

  • Cumplir con los límites de ingresos especificados por HUD

  • Calificar sobre la base de la ciudadanía o el estatus de inmigrante elegible

  • Firmar los formularios de consentimiento requeridos

  • Pasar el proceso de selección

 

La elegibilidad para un vale de elección de vivienda se puede encontrar en The WPCOG's Administrative Plan for Section 8, y se determina según el ingreso bruto anual total y el tamaño de la familia.

 

En general, los ingresos de la familia no pueden exceder el 50 % del ingreso medio del condado o área metropolitana en el que la familia elige vivir. HUD publica los niveles de ingresos medios y varían según la ubicación. Y se puede encontrar en el sitio web de HUD enumeradoaquí.

 

 

Proceso de solicitud

 

Cuando una familia desea recibir asistencia, debe presentar una solicitud.  

 

Si la RHA determina que su familia es elegible, su nombre se colocará en una lista de espera. Cuando su nombre llegue al principio de la lista de espera, un especialista en vivienda se comunicará con usted por correo para comenzar el proceso de evaluación secundaria. Es fundamental que mantenga su dirección postal actualizada con RHA. 

 

Preguntas frecuentes:

 

P. ¿Ofrecen alojamiento de emergencia?

R. No. Todos deben estar en la lista de espera.

P. ¿Cuál es el límite de edad de elegibilidad?

R. Debe tener 18 años de edad o más para presentar la solicitud.

P. ¿Es necesario tener hijos para aplicar?

R. No

P. ¿Tiene que estar trabajando para ser elegible?

R. No

Cómo funciona

Navegar Servicios

 

 

Portabilidad

 

Una familia elegible a la que se le ha emitido un vale de elección de vivienda puede usar ese vale para arrendar una unidad en cualquier lugar de los Estados Unidos donde haya una agencia de vivienda que opere un programa de la Sección 8. Esta función del programa se conoce como portabilidad. 

 

Pasos para portar:

  • Informe a su especialista en vivienda que desea trasladarse a otra agencia de vivienda

  • La Sección 8 envía su documentación a la agencia de Vivienda de su elección

  • La nueva agencia procesa su papeleo

  • Se convierte en responsabilidad de la nueva agencia comunicarse con usted y programar las citas necesarias para comenzar su asistencia en la nueva ubicación.

 

Preguntas frecuentes del programa

 

¿Cómo informo un cambio en mis ingresos? 

Siempre que haya un cambio en los ingresos, debe informarse por escrito dentro de los diez días. Una carta, fax o correo electrónico son formas aceptables de notificación por escrito. No aceptamos cambios por teléfono.

 

¿Cómo informo un cambio en los miembros de la familia?

  • Para agregar niños a su contrato de arrendamiento: Notifique a su trabajador si ha tenido un bebé, adoptó un niño o recibió la custodia legal de un menor de 18 años. Debe proporcionar una tarjeta de seguro social y nacimiento certificado del menor.

  • Para agregar un adulto a su hogar: Notifique a su trabajador antes de mudar a un adulto a su unidad. El adulto debe cumplir con los criterios de elegibilidad antes de que se le permita mudarse a su unidad. Todos los adultos deben completar una evaluación de ingresos y pasar una verificación de antecedentes penales.

  • Para eliminar a un miembro del hogar: Notifique a su trabajador si un miembro del hogar se muda o está ausente del alquiler por más de 30 días. Se solicitará la verificación de la mudanza.

 

¿Con qué frecuencia me revisan?

Cada año se realiza una revisión anual, incluida una inspección, para cada participante. Se le enviará una carta a usted con la fecha y hora de su inspección. Un especialista en vivienda le enviará por correo a su hogar un paquete de recertificación anual para que lo complete y lo devuelva. El paquete incluirá información sobre ingresos, activos y composición familiar.

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El Consejo de Gobiernos de Western Piedmont prestará servicios a todos los miembros del gobierno local en los condados de Alexander, Burke, Caldwell y Catawba con asistencia profesional y rentable en una variedad de problemas y programas locales, regionales, estatales y federales.

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De acuerdo con la ley federal y la política del Departamento de Agricultura de EE. UU., esta institución tiene prohibido discriminar por motivos de raza, color, origen nacional, edad, discapacidad, religión, sexo, estado familiar, orientación sexual y represalias. (No todas las bases prohibidas se aplican a todos los programas).

Para presentar una queja por discriminación, escriba a:
USDA, Subsecretario de Derechos Civiles Oficina del Subsecretario de Derechos Civiles 1400 Independence Avenue, SW, Stop 9410 Washington, DC 20250-9410

 

O llame sin cargo al (866) 632-9992 (inglés) o (800) 877-8339 (TDD) o (866) 377-8642 (retransmisión federal en inglés) o (800) 845-6136 (retransmisión federal en español) ). USDA es un proveedor y empleador que ofrece igualdad de oportunidades.

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